Proceso de certificación

El solicitante ha de poseer un título de bachiller o GED. El solicitante proveerá un contrato de supervisión aprobado por la NCSAPPB (que forma parte del paquete de solicitud) para revisión y firmará un documento en el cual da fe de su intención de adherirse completamente al Código de Conducta Etica adoptado por la NCSAPPB.

A. Inscripción

El individuo debe de pedir, por escrito, un paquete de solicitud y someterle los derechos de inscripción en la cantidad de $25,00 a la Junta: P.O. Box 10126 Raleigh, North Carolina 27605.

  1. Se someterá un contrato firmado por un supervisor en el cual se ha documentado la supervisión por un supervisor aprobado por la Junta. Se definirá al supervisor aprobado como un supervisor clínico certificado o un supervisor clínico residente con la NCSAPPB (supervisor del solicitante). Se hallan los contratos en el paquete de solicitud.
  2. Se le mandará a la persona que se inscribe una carta de confirmación y un informe de condición.

    El individuo que se ha inscrito debe de ser supervisada en una proporción de una hora de supervisión por cada diez horas de práctica y obtener experiencia supervisada para lograr plena certificación a menos que se haya completado ya su internado profesional.


B. Consejero residente para la prevención y el tratamiento del abuso de sustancias

Un consejero residente para la prevención y el tratamiento del abuso de sustancias debe de aprobar un examen escrito y cumplir 300 horas de entrenamiento prá pr ctico supervisado aprobadas por la Junta.

  1. El examen escrito será administrado por un miembro de la NCSAPPB o un representante de la misma. Se le notificará al solicitante por escrito de su condición en el proceso de certificación. Suspender el examen resultará en la reprogramación del examen escrito.
  2. Un mínimo de 30 horas de entrenamiento práctico supervisadas han de ser documentadas por el supervisor del solicitante.

    Un consejero residente para la prevención y el tratamiento del abuso de sustancias será reconocido como consejero en formación que está actuando bajo supervisión en una proporción de una hora de supervisión por cada 40 horas de práctica.

C. Consejero certificado para la prevención y el tratamiento del abuso de sustancias

El consejero residente para la prevención y el tratamiento del abuso de sustancias llega a ser conserjero certificado para la prevención y el tratamiento del abuso de sustancias después de obtener tres (3) años de experiencia a tiempo completo (6.000 horas), acumular un mínimo de 270 horas de educación aprobadas por la Junta y aprobar el examen oral/presentación del caso.

  1. que documentar un total de 6.000 horas de experiencia supervisadas.

  2. Hay que completar doscientas setenta (270) horas de educación didáctica/académica aprobadas por la Junta de la siguiente manera: 190 horas dedicadas específicamente al abuso de sustancias de las cuales no más que 100 horas pueden enfocar en una sola sustancia. Hasta 80 horas pueden conllevar el desarrollo de destrezas profesionales para avanzar el desarrollo profesional del consejero. No más que un 25% de las 270 horas [67,5 horas] pueden constar de educación recibida dentro de su organización por un miembro de la misma que ocupa el mismo puesto que el solicitante. No más que 50% de las horas requeridas pueden ser acumuladas a través de los estudios independientes. Hay que obtener sesenta (60) horas de educación dentro de los dos años inmediatamente antes de someter su pedido de certificación, una mitad de la cual debe de relacionarse
    específicamente con el abuso de sustancias.

  3. El examen oral/presentación del caso será administrado por miembros de la Junta o representantes de la misma. Luego de que la Junta evalúe el examen oral, se notificará al solicitante por escrito de su condición en el proceso de certificación.

  4. Se les otorgarán a los candidatos existosos un certificado que los declara consejero certificado para la prevención y el tratamiento del abuso de sustancias y un número identificador.


Estructura de derechos

CERTIFICACION

$25,00 para el paquete de solicitud/inscripción; contiene todos los formularios necesarios para la certificación además del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE CREDENCIALIZACION.

  1. $125,00 al someter el contrato de supervisión, el Código de Conducta Etica, las horas de educación recibidas así como la verificación del entrenamiento práctico supervisado.
  2. $125,00 al hacer el examen escrito.
  3. $100,00 al realizar el examen oral/presentación del caso. RENOVACION: $125,00 (Todos derechos sujetos a cambio.)


Periodo de certificación

El periodo de certificación dura dos (2) años después de los cuales el renovar de la certificación es necesario. Se puede revocarle a uno la certificación como resultado de una condena por un delito penal como delineado en el manual publicado por la Junta, el someterle deliberadamente información falsa a la Junta o el cometer de un acto contrario al Código de Conducta Etica adoptado por la Junta certificadora.

Renovación

Es la responsabilidad del individuo obtener 60 horas de entrenamiento aprobadas por la Junta durante el periodo de certificación actual y mantener la documentación necesaria de tal entrenamiento. Un mínimo de 30 horas de entrenimiento deben de relacionarse específi camente con el abuso de sustancias y no más que 25% (15 horas) pueden ser capacitación recibida en el lugar del trabajo y no más que 50% (30 horas) pueden ser por medio de estudios independientes. Además, hay que ser supervisado por una persona con las certifi caciones siguientes — LCAS, CCS o CSI (supervisor de práctica) — en una proporción
de una hora de supervisión por cada 40 horas de práctica.


Cualquier individuo que permite que un lapso de tiempo de más de tres meses pase entre la fecha límite para la renovación y la caducación de su certificación original tendrá que solicitar otra vez como si fuera un solicitante nuevo.

Nivel avanzado de credencialización

La Junta continuará colaborando con el IC&RC entre otras organizaciones para el desarrollo de niveles avanzados de credencialización.

Reciprocidad

Ser socio del IC&RC significa que la NCSAPPB cumple con los requisitos de certificación internacional y que los consejeros profesionales certificados por esta Junta son elegibles por la certificación recíproca con otras juntas de membresía asociadas con el IC&RC. Puede ser que aquellos profesionals certificados por otras juntas de membresía asociadas con el IC&RC sean elegibles por certificación recíproca en Carolina del Norte. Hay que pedirle por escrito a la NCSAPPB la solicitud para reciprocidad del IC&RC.

Para pedir los paquetes de solicitud

Para pedirle un paquete de solictud a la Junta para la Práctica Clínica de la Prevención y el Tratamiento del Abuso de Sustancias de Carolina del Norte, remita $25,00 con una carta de pedido a:

North Carolina Substance Abuse Professional Practice Board
Post Office Box 10126
Raleigh, NC 27605

Favor de especificar el paquete que desea.

Instamos a todo profesional del campo del abuso de sustancias a mantener las líneas de comunicación abiertas con la Junta en
nuestros esfuerzos para proveer la calidad más alta de estándares para los profesionales del campo del abuso de sustancias.
Como siempre, acogemos con agrado sus comentarios y sugerencias mientras que proseguimos mejorando el proceso de certificación.

al comienzo de la página